martes, 16 de julio de 2013

Artículo 19 de la Ley del IVA


Artículo
Numeral
Exención
Artículo 19
Numeral 1
El transporte terrestre y acuático nacional de pasajeros

Numeral 2
El transporte terrestre de los bienes señalados en los numerales 1, 8, 9, 10, 11 y 12 del artículo 18.

Numeral 3
Los servicios educativos prestados por Instituciones inscritas y registradas por el Ministerio del Poder Popular para la Educación, el Ministerio del Poder Popular para la Cultura, el Ministerio del Poder Popular Para el Deporte, y el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior.

Numeral 4
Los servicios de hospedaje, alimentación y sus accesorios, a estudiantes, ancianos, personas minusválidas, excepcionales o enfermas, cuando sean prestadas dentro de una institución destinada exclusivamente a servir a estos usuarios

Numeral 5
Las entradas a parques nacionales, zoológicos, museos, centros culturales e instituciones similares, cuando se trate de entes sin fines de lucro exentos de impuesto sobre la renta.

Numeral 6
Los servicios médico-asistenciales y odontológicos, de cirugía y hospitalización

Numeral 7
Las entradas a espectáculos artísticos, culturales y deportivos, siempre que su valor no exceda de dos unidades tributarias (2 UT)

Numeral 8
El servicio de alimentación prestado a alumnos y trabajador, en restaurantes, comedores y cantinas de escuelas, centros educativos, empresas o instituciones simulares, en sus propias sedes.

Numeral 9
El suministro de electricidad de de uso residencial

Numeral 10
el servicio nacional de telefonía a través de teléfonos públicos


Numeral 11
El suministro de agua residencial

Numeral 12
El aseo urbano residencial

Numeral 13
El suministro de gas residencial, directo o por bombona

Numeral 14
El servicio de transporte de combustibles derivados de hidrocarburos

Numeral 15
Los servicios de crianza de ganado bovino, caprino, ovino, porcino, aves y demás especies menores, incluyendo su reproducción y producción

1 comentario:

  1. ¡Cual es le alcance del articulo 19 numeral 2 de la ley del IVA, si es eplicable a toda la cadena o es solo al consumidor o usuario final

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